Vending · Guía práctica
Requisitos para poner una máquina expendedora en España (2026)
Alta, licencias, sanidad, contrato e impuestos. Todo lo que necesitas — con el matiz de Canarias que casi nadie te explica.
Actualizado en agosto de 2026 · 7 min de lectura · Por HacheVending
Respuesta corta: para poner una máquina expendedora en España necesitas darte de alta (como autónomo o con una sociedad), obtener la licencia de actividad del ayuntamiento, contar con la autorización del titular del espacio, cumplir la normativa sanitaria y de etiquetado, y estar al día con tus obligaciones fiscales. Y si operas en Canarias, ojo: aquí no se aplica IVA, sino IGIC. Vamos por partes.
En resumen
- Alta como autónomo (RETA) o constitución de una sociedad.
- Licencia de actividad del ayuntamiento correspondiente.
- Autorización y contrato con el titular del local (o del ayuntamiento si es espacio público).
- Normativa sanitaria y de etiquetado (Ley 17/2011 de seguridad alimentaria).
- Normativa de consumo: precios visibles, responsable identificado y atención al cliente.
- Fiscalidad: en Canarias, IGIC en lugar de IVA.
¿Hace falta licencia para poner una máquina expendedora?
Sí, en la mayoría de los casos. Cuando se venden alimentos y bebidas, se necesita una licencia de actividad del ayuntamiento, que certifica que la ubicación cumple las normas de seguridad, accesibilidad y uso del espacio. Los requisitos concretos varían de un municipio a otro, así que el primer paso siempre es consultar con tu ayuntamiento.
1. Alta como autónomo o sociedad
Para operar legalmente, facturar y declarar los ingresos, tienes que estar dado de alta como autónomo en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) o constituir una sociedad. Un consejo práctico: ajusta la fecha de alta al momento en que realmente empiezas la actividad —contratos firmados, primeras máquinas instaladas— para no pagar cuotas antes de tiempo.
2. Licencia de actividad y permiso del espacio
Además del alta, necesitas la licencia de actividad municipal y, muy importante, la autorización de quien es dueño del espacio: el titular del local si es privado (una oficina, un gimnasio, un taller) o el ayuntamiento si es una ubicación pública. Sin ese permiso, no hay máquina que valga.
3. El contrato con el titular del local
Este punto se pasa por alto y luego trae problemas. Firma siempre un contrato escrito con el titular del espacio que deje claro:
- Responsabilidades de cada parte.
- Quién asume el suministro eléctrico.
- El mantenimiento y la reposición.
- El reparto de beneficios o la contraprestación por el espacio.
- La duración del acuerdo y cómo se renueva o se termina.
4. Normativa sanitaria, etiquetado e higiene
Las máquinas de alimentos y bebidas están sujetas a la Ley 17/2011 de seguridad alimentaria y nutrición. En la práctica, esto significa: productos correctamente conservados, con su etiquetado (fecha de caducidad, ingredientes e información nutricional) y una higiene y limpieza periódicas de la máquina y del producto almacenado. Quien mantiene la máquina es responsable de que todo esto se cumpla.
Y hay una novedad que conviene tener en el radar: la nueva normativa de productos saludables obliga a que, en hospitales, residencias y centros, al menos el 80% de la oferta sea saludable. Si vas a operar en esos entornos, tenlo en cuenta desde el primer día.
5. Normativa de consumo
Como cualquier venta al público, la máquina debe mostrar los precios de forma visible, identificar al responsable del servicio y ofrecer una vía de atención al cliente para reclamaciones o incidencias.
6. Impuestos: el detalle de Canarias que cambia las cuentas
Aquí está el matiz que muchas guías genéricas olvidan. En la península, las ventas de la máquina llevan IVA. Pero en Canarias no se aplica el IVA: se aplica el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario), con sus propios tipos según el producto.
Además, como autónomo declararás tus beneficios en el IRPF (o en el Impuesto sobre Sociedades si tienes empresa), y deberás emitir tickets o facturas de tus ventas. Como los tipos y regímenes cambian según el producto y la comunidad, aquí sí merece la pena sentarse con un asesor fiscal y confirmar con la Agencia Tributaria Canaria el tipo de IGIC que te corresponde.
La diferencia entre IVA e IGIC no es un detalle. Es la diferencia entre calcular bien tus márgenes o llevarte un susto en la primera declaración.
7. Formación en manipulación de alimentos
Al trabajar con alimentos y bebidas, es habitual que se exija formación en manipulación de alimentos a quien repone y mantiene las máquinas. Es un requisito sencillo de cubrir y una garantía de higiene frente a inspecciones.
¿Y si solo quieres la máquina, no el papeleo?
Si diriges una empresa, una residencia o un centro y lo que quieres es tener una buena máquina sin lidiar con licencias, altas ni sanidad, esa es justo nuestra parte. Tú cedes el espacio; nosotros ponemos la máquina, la reponemos, la mantenemos y cumplimos con todo. En Tenerife y en Canarias.
Nuestras máquinas tienen nombre, no número.
Vending en Canarias Solicitar informaciónY si buscas montarlo tú mismo, esperamos que esta guía te ahorre más de una vuelta. Cuando quieras darle un enfoque saludable a tu surtido, echa un vistazo a nuestra línea saludable: menos azúcar, más fibra, ingredientes reales.
Preguntas frecuentes
¿Necesito ser autónomo para poner una máquina expendedora?
Sí. Para operar legalmente y facturar debes darte de alta como autónomo en el RETA o constituir una sociedad.
¿Qué licencia necesito?
La licencia de actividad del ayuntamiento correspondiente. Los requisitos exactos dependen del municipio, así que conviene consultarlos antes de instalar.
¿Puedo poner una máquina en un local que no es mío?
Sí, con la autorización del titular del local y, preferiblemente, un contrato escrito que detalle responsabilidades, electricidad, mantenimiento, reparto y duración.
¿Cómo tributan las máquinas de vending en Canarias?
En Canarias no se aplica IVA, sino IGIC, con tipos propios según el producto. Los beneficios se declaran en IRPF (autónomos) o en el Impuesto sobre Sociedades. Confírmalo con la Agencia Tributaria Canaria y tu asesor.
¿Hay que cumplir la ley de productos saludables?
Si operas en hospitales, residencias o centros, sí: al menos el 80% de la oferta debe ser saludable. Lo explicamos en detalle en nuestro artículo sobre la ley de vending saludable.
Fuentes
- Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición — BOE.
- Agencia Tributaria Canaria — información sobre el IGIC (gobiernodecanarias.org).
- Seguridad Social (RETA) y Agencia Tributaria — alta de autónomos y obligaciones fiscales.
Contenido informativo; no constituye asesoramiento legal ni fiscal. Los requisitos y tipos impositivos pueden variar según el municipio, la comunidad autónoma y el producto. Confirma tu caso con tu ayuntamiento y un asesor.